Política DE CALIDAD

Certificación y acreditación de productos y servicios

En Med Evolution ® Propósito

En MED EVOLUTION S.A.P.I de C.V. estamos comprometidos a realizar nuestros negocios con honestidad, integridad y responsabilidad. Esto ha sido parte de nuestra ideología y es el fundamento de nuestro Código de Conducta, igualmente comprometemos a todas nuestras áreas a la calidad total buscando la mejora continua de la eficacia del SG y de en cada una de nuestros procesos, productos y servicios y de nuestros colaboradores con una constante capacitación para satisfacer las necesidades de nuestros clientes a través de los productos y servicios mencionados en nuestro alcance, así mismo, damos cumplimiento a los requisitos de las partes interesadas, de las normas ISO 9001:2015 y 37001:2016 y los requisitos legales y reglamentarios aplicables.

Tenemos el deber y la responsabilidad de cumplir con todas las leyes aplicables donde prestamos servicios y realizamos negociaciones. Incluimos las leyes anticorrupción, así como el Código de Ética de los servidores públicos del Gobierno Federal, Ley General de responsabilidades administrativas.

  • Cumplir los requisitos legales y reglamentarios bajo condiciones de confianza con el compromiso de mejorar continuamente el desempeño del Sistema de Gestión Antisoborno, siendo esta política la base para medir la efectividad mediante los Objetivos antisoborno y sus indicadores de desempeño.
  • En caso de incumplir la política, los empleados involucrados en un caso de soborno o corrupción se enfrentarán a medidas disciplinarias que pueden incluir el despido, enfrentarse a penas pecuniarias o a ser procesados penalmente.
  • Cumplir con honestidad, ética, legalidad, transparencia, e integridad todos nuestros procesos de control, operación, licitaciones y negociaciones. Quedando prohibido el soborno o tratar de influir indebidamente en cualquier persona ya sea en el sector público o privado.

Esta política es aplicable a todos los empleados de MED EVOLUTION S.A.P.I de C.V. en cualquier sitio. Todos los colaboradores de MED EVOLUTION S.A.P.I tienen la responsabilidad de cumplir con esta política en el ejercicio de sus funciones en nombre de la empresa.

Es responsabilidad de la Presidencia de MED EVOLUTION S.A.P.I. de C.V. asegurarse de que los empleados bajo su supervisión y autoridad cumplen con esta política.

La presidencia ha asignado responsabilidades de cumplimiento a algunos empleados. El personal asignado ayudará a los colaboradores de MED EVOLUTION S.A.P.I de C.V. a entender y cumplir con esta política y harán lo necesario para mantener y llevar a cabo un programa anticorrupción, sin embargo, la responsabilidad de cumplimiento continuará residiendo en todos los colaboradores.

Administración

La presidencia de MED EVOLUTION S.A.P.I. de C.V. es la responsable de la supervisión de esta política y del programa anticorrupción de la empresa. KURT NYSSEN GUERRERO en su calidad de presidente, supervisa el cumplimiento de esta política y del programa anticorrupción de la empresa. Bajo su dirección, KURT NYSSEN GUERRERO es responsable de cumplimiento de la política anticorrupción y ética, gestionan las peticiones y las aprobaciones rutinarias tal como se describe en la política.

MED EVOLUTION S.A.P.I. de C.V.

  • Prohíbe estrictamente el soborno y la corrupción de todo tipo relacionados con la actividad de la organización.
  • En caso de incumplir la política el personal involucrado en un caso de soborno o corrupción se enfrentarán a medidas disciplinarias que pueden incluir el despido, enfrentarse a penas pecuniarias o a ser procesados penalmente.

En MED EVOLUTION S.A.P.I. de C.V. queda prohibida toda forma de soborno y corrupción…

¿Soborno y corrupción?

El soborno se produce cuando se proporcionan directa o indirectamente beneficios (cosas de valor) a personas, incluidos funcionarios públicos, socios empresariales, o clientes o posibles clientes para su beneficio personal, a fin de influir en sus acciones o decisiones relativas a sus cargos específicos o de la empresa.

En ocasiones, el soborno es evidente, sin embargo, hay casos en los que es muy sutil. En MED EVOLUTION S.A.P.I. de C.V. tenemos la responsabilidad de reconocer las alertas indicadoras de un posible caso de soborno o corrupción y de responder de forma adecuada siguiendo lo establecido en esta política.

Las leyes en vigor prohíben el soborno y la corrupción tanto a los funcionarios públicos como a las personas particulares.

Al tratar con funcionarios públicos, los colaboradores de MED EVOLUTION S.A.P.I. de C.V. deben poner especial atención, ya que las consecuencias en casos de corrupción relacionados con el sector público y de las personas involucradas pueden ser especialmente robustas para la empresa.

¿Qué tipo de beneficios pueden considerarse “cosas de valor”?

“Cosas de valor” es un concepto amplio, y pueden incluir dinero en efectivo, equivalentes de efectivo (por ejemplo, tarjetas de regalo), comidas, entretenimiento, viajes, obsequios, empleo, contratos, servicios en especie, tales como la realización de trabajos de reparación en el domicilio particular de alguien, o cualquier otro tipo de bienes o servicios con valor económico tangible.

Queda prohibida toda forma de soborno y corrupción. Los colaboradores de MED EVOLUTION S.A.P.I. de C.V. tienen la responsabilidad de reconocer las alertas indicadoras de un posible caso de soborno o corrupción y de responder de forma adecuada siguiendo lo establecido en la presente política.

Actualmente, las leyes prohíben el soborno y la corrupción tanto a los funcionarios públicos como a los ciudadanos. Al tratar con funcionarios públicos, los colaboradores de MED EVOLUTION S.A.P.I. de C.V. deben ser rectos y tratarlos con atención, ya que las consecuencias en casos de corrupción relacionados con el sector público y de las personas involucradas podrían resultar con consecuencias permanentes para la organización.

¿Quiénes forman parte de los funcionarios oficiales?

Los funcionarios públicos están ampliamente contemplados en las leyes anticorrupción y se incluye un grupo de personas con puestos como:

  • Jefes de estado, ministros y otros cargos políticos;
  • Funcionarios civiles;
  • Otros empleados contratados a tiempo completo o parcial por el gobierno;
  • Ciudadanos privados con algún cargo público;
  • Personal de seguridad (militares, policías, agentes de inteligencia);
  • Jueces y legisladores;
  • Directores y empleados de empresas u organizaciones estatales o controladas por el estado; y
  • Empleados de otras instituciones públicas, incluidos las universidades, laboratorios, hospitales y similares. Quedan prohibidos pagos de facilitación

¿A qué nos referimos con pagos de facilitación?

“Pagos de facilitación” es un eufemismo para en otros, como es el caso de la FCPA (Ley de Prácticas Corruptas en el extranjero en los EE. UU., por sus siglas en inglés), es un término perfectamente definido que hace referencia a ciertos pagos agilizados, que, si bien no son ilegales, deben ser adecuadamente controlados y registrados en los libros de la empresa. Los pagos de facilitación son ilegales bajo las leyes de la mayoría de los países del mundo. En consonancia con su política de cumplimiento de todas las leyes aplicables, en MED EVOLUTION S.A.P.I. de C.V. quedan prohibidos los pagos de facilitación. Si le solicitan que realice un pago de facilitación, debe negarse a hacerlo. No está permitido hacer tales pagos en el desempeño de labores profesionales para la empresa, incluso si se efectúan a cargo de las finanzas personales y no se busca el reembolso de estos. Todas las solicitudes de pagos de facilitación deben ser reportados al responsable de cumplimiento de ética global.

Los recursos de la empresa no pueden ni deben utilizarse para contribuciones y actividades políticas. No se permite el uso de fondos, propiedades u otros recursos de la empresa para hacer contribuciones u ofrecer cosas de valor a candidatos políticos, partidos políticos o miembros de partidos. La empresa no reembolsará a ningún empleado ninguna contribución personal realizada con fines políticos. Todo el mundo es libre de participar en actividades políticas en su tiempo libre y por cuenta propia, siempre y cuando esto no interfiera con el ejercicio de sus funciones en MED EVOLUTION S.A.P.I. de C.V. y no deberá realizarlo en nombre de la organización. Además de estar prohibido por la política de la empresa, tales pagos pueden plantear problemas con el programa anticorrupción.

Las contribuciones a organizaciones benéficas y para patrocinio de eventos requieren una consideración especial. En MED EVOLUTION S.A.P.I. de C.V. nos comprometemos a servir a las comunidades en las que realizamos actividades. Con ese fin, los colaboradores de MED EVOLUTION S.A.P.I. de C.V. pueden patrocinar eventos o hacer contribuciones a organizaciones benéficas para fines educativos, sociales u otro tipo de fines empresariales legítimos. Las leyes anticorrupción no prohíben donaciones y patrocinios legítimos. Pero MED EVOLUTION S.A.P.I. de C.V. tiene la obligación de garantizar que los fondos que se destinan para tales fines se utilizan para el fin previsto y no se desvían y también que llegan a los destinatarios y fines adecuados. Esta política contempla las contribuciones y patrocinios de eventos para organizaciones benéficas conocidas para fines comerciales legítimos que sean modestos en cantidad y que no planteen problemas especiales. Pueden llevarse a cabo sin aprobación previa. Las contribuciones y patrocinios de eventos que puedan crear preocupaciones especiales requieren la aprobación previa del Presidente.

¿A qué nos referimos con “preocupaciones especiales”?

Algunos ejemplos son:

  • Cuando se sospecha o se piensa que la organización benéfica o el evento están estrechamente vinculados a un funcionario público o a un miembro cercano de la familia o a un negocio asociado a un funcionario público.
  • La donación o el patrocinio han sido solicitados por un funcionario público.
  • La organización benéfica o los organizadores del evento no son transparentes por lo que se refiere al uso de los fondos.
  • La entidad que solicita los fondos no es una organización establecida o conocida.
  • La organización benéfica o los organizadores del evento solicitan que la contribución se realice en efectivo.
  • Cualquier otro hecho o circunstancia que le lleven a preguntarse acerca de si la contribución se utilizará adecuadamente.

Cantidad “modesta”

Se espera que los colaboradores de MED EVOLUTION S.A.P.I. de C.V. usen el buen juicio en este tópico, las contribuciones por debajo de $ 1.000 se considerarán generalmente modestas. Al considerar si una contribución o patrocinio es modesto en cuanto a la cantidad, se tomará en cuenta la frecuencia de las contribuciones y las cantidades afines. Los colaboradores de MED EVOLUTION S.A.P.I. de C.V. no podrán subdividir una contribución en cantidades más pequeñas para que dicha contribución parezca modesta. Se deben llevar libros y registros fidedignos.
En MED EVOLUTION S.A.P.I. de C.V. nos caracterizamos por la honestidad y la honradez en todas las áreas de nuestra empresa, por lo que es requerido por la ley a llevar libros, registros y cuentas completos y fidedignos.

Los gastos deben describirse de forma completa y exacta en toda la documentación empresarial, no sólo en cuanto a las cantidades de los gastos, sino también en cuanto a su naturaleza o destino.

Queda estrictamente prohibido crear algún registro falso o engañoso, no aceptar de ningún proveedor o de terceros un registro que no cumpla con nuestros requisitos. Toda información empresarial, incluyendo las transacciones empresariales y financieras, debe darse a conocer a tiempo y de manera precisa. La información financiera debe reflejar transacciones reales y ajustarse a los principios de contabilidad generalmente aceptados. Se prohíbe a todos los colaboradores establecer fondos o activos no divulgados o no registrados.

Es obligatorio informar sobre los casos de chantaje y extorsión.

En una situación en la que un funcionario público u otra persona (por ejemplo, un cliente potencial) solicite un pago indebido los colaboradores de MED EVOLUTION S.A.P.I. de C.V. deben negarse a tal solicitud o petición e informar de inmediato cualquier intento de chantaje o extorsión al Presidente o al responsable de cumplimiento de la política de anticorrupción y ética y esto no constituye una excusa para violar esta política.

Nota de orientación: Los intentos de soborno deben ser rechazados con cortesía pero con contundencia. Se debe evitar que las respuestas den la impresión de que se está de acuerdo. Hay que hacer saber al solicitante que en MED EVOLUTION S.A.P.I. de C.V. se cuenta con políticas estrictas y procesos sólidamente implementados, y que las consecuencias por violarlas podrían llevarnos a perder el empleo si nos involucramos en conductas que violen las políticas establecidas.

Formación anual y certificación

El responsable de cumplimiento de ética ha establecido criterios objetivos para la formación anual en relación con los principios anticorrupción. Como parte de los requisitos de formación anual, se requiere obtener una certificación en la que se responde a ciertas preguntas y el interesado certifica que:

  • ha leído y entendido esta política;
  • Respetará sus términos; y
  • No tiene conocimiento de violaciones de esta política.

Información y no represalias

Todos los colaboradores de MED EVOLUTION S.A.P.I. de C.V. que tengan conocimiento o sospecha de que esta política pueda haber sido violada deberán:

Notificar al presidente o al responsable de cumplimiento de la política y ética.
La identidad de los informantes sobre una violación o sospecha de violación de la política de la empresa se mantendrá confidencial, salvo en la medida necesaria para la protección de los intereses de MED EVOLUTION S.A.P.I. de C.V. o de que así lo requiera la ley en vigor.

DESIGNACIÓN DE OFICIAL DE CUMPLIMIENTO

De acuerdo con lo establecido en la Norma ISO 37001:2016 en la sección 5.3.2. Función de Cumplimiento Antisoborno, en mi carácter de Presidente de Med Evolution, S.A.P.I de C.V., hago la designación del QFB. ANA MARIA RAMIREZ como OFICIAL DE CUMPLIMIENTO ANTISOBORNO ANTE EL SISTEMA DE GESTIÓN INTEGRAL, quien independientemente de cualquier otra responsabilidad, tiene la autoridad y responsabilidad definida para:

  • Supervisar el diseño e implementación, mantenimiento y mejora del sistema de gestión antisoborno por parte de Med Evolution, S.A.P.I. de C.V.;
  • Proporcionar asesoramiento y orientación al personal sobre el sistema de gestion antisoborno y las cuestiones relacionadas con el soborno;
  • Asegurarse de que el sistema de gestión antisoborno es conforme con los requisitos de la norma ISO 37001:2016;
  • Informar sobre el desempeño del sistema de gestión antisoborno a Presidencia y Gerencia de Proyectos y la Gerencia de Recursos Humanos y del sistema de gestión integral cuando aplique, según corresponda.

El oficial de cumplimiento tendrá los recursos (económicos, infraestructura, tecnológicos, capacitación y competencia) pertinentes e independencia en las funciones a desempeñar. Así mismo, tendrá acceso directo e inmediato a Presidencia en el caso de que necesite plantear cualquier cuestión en relación con el Sistema de Gestión Antisoborno.

Ofrecemos soluciones tanto de infraestructura, equipamiento, insumos, recursos humanos y actualización de la tecnología.

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